CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 25 INDUSTRIA HOTELERA HOTELES MOTELES HOTELES RESIDENCIALES PARADORES




Promulgación: 01/08/1985
Publicación: 13/08/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Modifícase el artículo 5° del decreto de 8 de julio de 1985 estableciendo como ámbito territorial de aplicación de la referida norma, el departamento de Montevideo y su zona de influencia en el departamento de Canelones delimitada entre: Camino Carrasco, Aeropuerto de Carrasco, Ruta Interbalnearia hasta la Avenida Calcagno y de ésta hasta el Río de 
la Plata.
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