APROBACION DE LOS PEP PARA LOS COMBUSTIBLES GENERALES, DISOLVENTES Y PRODUCTOS ESPECIALES SUMINISTRADOS POR ANCAP. 1° DE ENERO DE 2023




Promulgación: 29/12/2022
Publicación: 30/12/2022
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Actualízanse los siguientes PVP (según se define en el literal e) del artículo 1° del Decreto N° 201/021, de 28 de junio de 2021) para los combustibles generales, propano y supergás, disolventes, y productos especiales suministrados por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de las cero horas (00:00) del 1° de enero de 2023:

a) COMBUSTIBLES GENERALES
PRECIO POR LITRO
Gasolina aviación 100/130
85,83
Jet A1
51,89
Gasolina Premium 97 30S
74,12
Gasolina Super 95 30S
71,89
Queroseno
58,17
Gas Oil 50S
58,99
Gas Oil 10S
69,30
POR KILOGRAMO
Butano Desodorizado
81,44
Supergás
63,35
POR MIL LITROS
Fuel Oil Pesado
31.860,69
Fuel Oil Medio
32.472,70
b) PROPANO INDUSTRIAL Y PROPANO REDES
POR 
TONELADA
Supergás Granel
82.991,11
Propano Industrial
82.991,11
Propano Redes
82.991,11
c) DISOLVENTES
PRECIO 
POR LITRO
Solvente 1197
63,60
Solvente Disán
63,60
Aguarrás
63,60
Base para insecticida
78,94
d) PRODUCTOS ESPECIALES
PRECIO
 POR LITRO
Hexano comercial
63,54
Los PVP listados anteriormente son precios máximos de venta al público en los términos previstos en literal e) del artículo 1° del Decreto N° 201/021, de 28 de junio de 2021. El Poder Ejecutivo exhorta a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland a reducir el precio del supergás en hasta un 50% (cincuenta por ciento) de conformidad con lo expuesto en el considerando III) del presente Decreto. Para el caso que la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland cumpla con lo dispuesto en el inciso anterior, la ejecución se encontrará dentro de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N° 16.211, de 1 de octubre de 1991, en la redacción dada por la Ley N° 19.996, de 3 de junio de 2011. (*)

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 06/02/2023.
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