Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes
de setiembre de 2005 en $ 262,99 (pesos uruguayos doscientos sesenta y
dos con 99/100).