Prorrógase por el período comprendido entre el 1º setiembre de 2009 y el
31 de marzo de 2010, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las
enajenaciones de carne ovina establecida en el artículo 3º del Decreto Nº
116/009 de 27 de febrero de 2009.
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 118/010 de 12/04/2010 artículo 1.