COMERCIO EXTERIOR. AZUCAR CRUDO. PROHIBICION




Promulgación: 22/10/1964
Publicación: 11/11/1964

Resumen:

Prohíbese por determinado período la importación de azúcares crudos con
otro destino que no sea la refinación.

Artículo 1

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 164/965 de 
22/04/1965 artículos 1 y 2.


		
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