AMPLIACION DE LA INTEGRACION DE LA COMISION DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ




Promulgación: 06/08/1980
Publicación: 20/08/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la conveniencia de ampliar la integración de la Comisión de la Industria Automotriz.

   Considerando: I) Que es necesario que la representación gubernamental en dicha Comisión se integre, además con un delegado del Ministerio de Defensa Nacional (Estado Mayor Conjunto);

   II) Que resulta oportuna también la integración con un representante de
los concesionarios que intervienen en la comercialización de vehículos automotores.

   Atento: a lo dispuesto por el Art. 11 del decreto 326/966, del 7 de julio de 1966, modificativos y concordantes,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Amplíase la integración de la Comisión de la Industria Automotriz con un representante del Ministerio de Defensa Nacional (Estado Mayor Conjunto) y un delegado de la Asociación de Concesionarios de Marcas (AS.CO.MA.).

MENDEZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - JULIO C. LUPINACCI - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - EDUARDO J. SAMPSON - JUAN C. CASSOU
Ayuda