REGLAMENTACION AL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES - TRANSPORTE POR AGUA DE CARGA Y DE PASAJEROS DE BANDERA NACIONAL




Promulgación: 20/09/1994
Publicación: 18/10/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 607
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.387 de 27/06/1993.

CAPITULO V - DEL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES

Artículo 31

    Competencia.
    El Registro Nacional de Buques comprenderá las siguientes secciones:
    a) Propiedad.
    b) Hipotecas.
    c) Arrendamientos.
    d) Créditos de uso (leasing).
    e) Embargos y reivindicaciones.
    f) Promesas de compraventa.
    g) Eliminaciones.
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