REGLAMENTACION DE LA LEY 19.353, RELATIVA A LA CREACION DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE CUIDADOS (SNIC). CREACION DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA
(Subsidio) El usuario podrá acceder a un subsidio económico total o parcial destinado de forma exclusiva a la contratación de un Servicio de Teleasistencia Domiciliaria brindado a través de una persona jurídica habilitada por la Secretaría Nacional de Cuidados.
Dicho subsidio se determinará en función de la capacidad de pago de los hogares y la carga de cuidados asociada, considerando todos los ingresos del hogar contemplados en términos per cápita, con base a la definición utilizada por el INE. A tales efectos, el usuario presentará ante la Secretaría Nacional de Cuidados o ante quien ésta disponga, una declaración jurada, la que deberá modificar cada vez que varíen los elementos expresados en la misma.