REGLAMENTACION DE LA LEY 19.353, RELATIVA A LA CREACION DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE CUIDADOS (SNIC). CREACION DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA




Promulgación: 27/12/2016
Publicación: 09/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.353 de 27/11/2015.

CAPÍTULO VII: Contralores

Artículo 29

   (Seguimiento del servicio) El Ministerio de Desarrollo Social realizará procedimientos con fines de seguimiento y contralor sin perjuicio de las facultades que a este respecto competen a otros organismos. En caso de constatarse irregularidades o incumplimientos vinculados al servicio tanto de usuarios como de proveedores, se comunicará de forma inmediata a la Secretaría Nacional de Cuidados pudiéndose aplicar descuentos o suspensión del subsidio otorgando vista previa al usuario, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales que correspondan.
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