REGLAMENTACION DE LA LEY 19.353, RELATIVA A LA CREACION DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE CUIDADOS (SNIC). CREACION DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA
CAPÍTULO VIII: Otros Servicios del Sistema Nacional Integrado de Cuidados:
Artículo 32
(Acceso al Servicio de Asistentes Personales del SNIC): Incorpórense a los usuarios del Servicio de Teleasistencia que consideren que su dependencia devino severa, a los criterios de progresividad del art. 7° del Decreto 117/2016 de 25 de abril de 2016.