MODIFICACION DEL DECRETO 355/010, RELATIVO A LA PREVENCION Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y REPORTE DE OPERACIONES INUSUALES O SOSPECHOSAS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Derogada/o por: Decreto Nº 379/018 de 12/11/2018 artículo 102.
VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 355/010 de 2 de diciembre de 2010;
RESULTANDO: I) que la citada disposición reglamenta las obligaciones de los sujetos obligados a reportar operaciones inusuales o sospechosas y los requisitos que éstos deben cumplir para la debida diligencia de los clientes, el registro de las transacciones que realicen y el mantenimiento de los respectivos asientos;
CONSIDERANDO: que en virtud de las modificaciones legislativas introducidas a las reglas que rigen en materia de prevención y control del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, corresponde ampliar el marco reglamentario vigente;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 17.835 de 23 de setiembre de 2004 y por el artículo 49 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015 y sus modificativas;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 43/017 de 13/02/2017 artículo 1.