VISTO: lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 231/001, de 20 de
junio de 2001 por el que se difiere la ejecución de los gastos de
funcionamiento del Grupo 0 "Servicios Personales" autorizados por
disposiciones aprobadas por la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-
RESULTANDO: que entre ellas se encuentra el artículo 138º, que autoriza
para el Ministerio del Interior la creación de 1.150 cargos de Agentes de
Segunda, habiéndose diferido el importe de $ 44:209.947,oo (pesos
uruguayos cuarenta y cuatro millones doscientos nueve mil novecientos
cuarenta y siete).-
CONSIDERANDO: I) que a efectos de que el Instituto Policial pueda dar
cabal cumplimiento a sus cometidos, fundamentalmente en lo referido a
vigilancia y mantenimiento del orden público y la prevención y represión
del delito ante el advenimiento de la próxima temporada estival, se ha
evaluado la necesidad de proveer en lo inmediato la cantidad de 215
cargos.-
II) que en consecuencia, el monto a diferir establecido por el artículo
1º del Decreto citado ascendería a $ 40:593.861,oo (pesos uruguayos
cuarenta millones quinientos noventa y tres mil ochocientos sesenta y
uno).-
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, actuando en Consejo de Ministros,
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase el importe a diferir en la ejecución de los gastos de
funcionamiento del grupo 0 "Servicios Personales" del Inciso 04
"Ministerio del Interior", correspondiente al artículo 138º de la Ley Nº
17.296, de 21 de febrero de 2001 y establecido por el artículo 1º del
Decreto Nº 231/001, de 20 de junio de 2001, el que ascenderá a $
40:593.861,oo (pesos uruguayos cuarenta millones quinientos noventa y
tres mil ochocientos sesenta y uno), a valores del 1º de enero de 2000.-
BATLLE - GUILLERMO STIRLING - DIDIER OPERTTI - ALBERTO BENSION - LUIS BREZZO - ANTONIO MERCADER - LUCIO CACERES - SERGIO ABREU - ALVARO ALONSO - LUIS FRASCHINI - GONZALO GONZALEZ - ALFONSO VARELA - CARLOS CAT - JAIME TROBO