DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA, JERARQUICA Y FUNCIONAL
Artículo 23
En aquellos casos de funcionarios presupuestados de la Dirección General
de Casinos, en relación a los cuales resulte acreditado el desempeño
satisfactorio en el Organismo de tareas propias de un Escalafón diferente
al que pertenecen con al menos doce meses de duración, se podrá promover
su regularización en el último grado del Escalafón correspondiente,
siempre y cuando existan las vacantes para ello.
Si la retribución que le corresponde al funcionario por el cargo en el que
se lo regulariza, es menor que la retribución promedio que venía
percibiendo en su anterior escalafón, la diferencia resultante será
asignada como una compensación personal transitoria, que cesará cuando el
funcionario regularizado alcance en el nuevo escalafón, el mismo grado que
tenía previo a la regularización.