El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 62, 63, 64, 65,
66, 67, 68, 69, 70 y 71.
TÍTULO IV - DE LAS JUNTAS CALIFICADORAS CAPÍTULO I - ASPECTOS GENERALES
Artículo 39
Las Juntas Calificadoras estarán conformadas por:
A) Tribunales de Calificación: Estos serán especialmente convocados y dependerán del Jerarca Máximo de la Unidad Ejecutora.
B) Secretaría Permanente: Esta dependerá jerárquicamente de las Gerencias, Departamentos u Oficinas de Gestión Humana de las Unidades Ejecutoras, las que proporcionarán el personal idóneo para el normal desempeño de las tareas que se le asignen, procurando afectarlos en forma específica a la misma y mientras sea requerida su participación a los efectos de la calificación.