El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 62, 63, 64, 65,
66, 67, 68, 69, 70 y 71.
TÍTULO V CAPITULO II - DE PROCEDIMIENTO PARA LOS ASCENSOS
Artículo 58
El ascenso al grado de Comisario General de todos los sub escalafones y de Comandante General del sub escalafón ejecutivo de la Guardia Republicana, se realizará de la siguiente forma:
A) El 50% (cincuenta por ciento) por concurso.
B) El 50% (cincuenta por ciento) de las vacantes restantes por "selección directa" del Poder Ejecutivo, entre los postulantes que cumplan todos los requisitos exigidos para el ascenso.