Reglaméntase el artículo 4º de la Ley Nº 13.123, por el cual se autorizó
al Poder Ejecutivo a establecer un régimen por el cual los contribuyentes
que a la vez sean acreedores de la Administración Central, puedan
compensar sus impuestos nacionales, intereses, recargos y multas con
dichos créditos.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.123 de 04/04/1963 artículo 4.