APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1996




Promulgación: 19/11/1996
Publicación: 11/12/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1062

Artículo 14

  Los funcionarios percibirán el sueldo, el sueldo anual complementario,
la prestación por comida fuera del hogar y las compensaciones que se
establecen en los artículos siguientes, de acuerdo a lo que en los mismos
se dispone.
 Además percibirán asignación familiar, prima por matrimonio, prima por
nacimiento, prima por antigüedad y demás beneficios sociales
correspondientes, de acuerdo a la reglamentación que dictará el Directorio
conforme a las leyes vigentes.
Referencias al artículo
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