APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1996




Promulgación: 19/11/1996
Publicación: 11/12/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1062

Artículo 22

  La suma del sueldo y las compensaciones que perciba un mismo funcionario
no podrá sobrepasar las siguientes fajas:
- Hasta la categoría inmediata inferior a Jefe: el importe equivalente a
la suma del sueldo y las compensaciones del Jefe de que dependa.
- Hasta la categoría inmediata inferior a Subgerente: el importe
equivalente a la suma del sueldo y las compensaciones del Subgerente.
- Hasta la categoría inmediata inferior a Gerente General: el importe
equivalente a la suma del sueldo y las compensaciones del Gerente
General.
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