El Directorio otorgará las prestaciones del viático de Comida y la
Compensación Producto a los funcionarios públicos que prestan servicios
en ANCAP, sin excepciones, así como a todo el personal del Organismo. El
viático de comida se regirá en cuanto a su monto y reajuste a lo
dispuesto por el Poder Ejecutivo. El monto individual equivale a $ 1.960
(pesos mil novecientos sesenta) por mes a nivel de precios de enero-junio
2002. La compensación producto corresponde al equivalente del importe de
una garrafa de supergás de 13 kilos. El monto individual equivale a $
168,40 (pesos ciento sesenta y ocho 40/100) por mes a nivel de precios
enero-junio 2002, y se regirá en cuanto a su reajuste a la evolución del
precio de venta del supergás.-