APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 2011




Promulgación: 19/12/2011
Publicación: 26/12/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1526
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Para las vacantes que se generen a partir del 1o. de enero de 1998, las
promociones tendrán vigencia a los efectos de la liquidación de los
sueldos y de la antigüedad en la categoría y clase, desde el 1o. del mes
siguiente a la fecha de la resolución que decida el ascenso.
Las vacantes deberán ser provistas -como máximo-, dentro de los ciento
ochenta días de producidas. (R.D. 13-5-98).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 36 (vigencia).
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