APROBACION DEL PROYECTO DE FORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SECRETARIA NACIONAL PARA LA LUCHA CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS Y EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO (SENACLAFT)
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015 y los artículos 4 y 5 de la Ley N° 19.574, del 20 de diciembre de 2017;
RESULTANDO: I) que por lo establecido en la ley citada en primer lugar, se creó la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT) como órgano desconcentrado dentro del Inciso 02 "Presidencia de la República" y en los artículos 4 y 5 de la segunda ley se establecieron sus cometidos generales, así como sus principales competencias, en materia de prevención y lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo;
II) que la mencionada Secretaría estará a cargo de un Secretario Nacional, designado por el Presidente de la República, de quien dependerá la estructura operativa que se crea;
CONSIDERANDO: I) que es necesario dotar a la SENACLAFT de una estructura organizativa que mejore su funcionamiento y eficacia en los cometidos asignados, sin perjuicio de lo dispuesto por el Decreto N° 285/013 de 9 de setiembre de 2013 y sus modificativos, que mantendrán su total vigencia;
II) que el diseño organizativo propuesto guarda coherencia con los objetivos estratégicos del Inciso;
ATENTO: al informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación, de acuerdo a sus respectivas competencias;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el proyecto de formulación de la estructura organizativa de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT) del Inciso 02 "Presidencia de la República" que luce en Anexo adjunto y se considera parte integrante de este Decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 445/021 de
29/12/2021.