APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 2023




Promulgación: 30/12/2022
Publicación: 24/01/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 47

   compensación por asignación permanente de funciones en división tecnología de la información 
   Los funcionarios pertenecientes a la División Tecnología de la Información que tengan asignadas en forma permanente las funciones que se detallan, percibirán una compensación mensual que se adicionará a la remuneración que presupuestalmente tengan asignada por su cargo, hasta alcanzar los grados que se indican de la Escala Patrón en el cuadro que sigue:

Funciones asignadas
Cant.
Requiere Título univ.
GEPU
Responsable de Calidad TI
1
Si
45
Analista Datawarehouse
1
Si
45
Analista Funcional Senior
1
Si
45
Analista de Sistemas Senior
1
Si
45
Arquitecto de Software Senior
1
Si
45
Desarrollador Web
1
Si
36
Coordinador de Servicio de Infraestructura
2
No
45
Analista en Redes y Comunicaciones
2
No
41
Analista en Ciberseguridad
1
No
41
Analista Senior de Base de Datos
2
Si
45
Analista Técnico o Especializado en Soporte PC o periféricos
2
No
36
Responsable Operaciones y Mesa de Ayuda
2
No
36
Analista Técnico
1
Si
36
Esta compensación tendrá carácter transitorio y se irá eliminando en la medida que el Banco instrumente la disponibilidad de cargos necesarios para cubrir las tareas detalladas y su pago se dispondrá conforme la reglamentación dictada al efecto. A tales fines se prevé un crédito presupuestal en el objeto del gasto 042.513.001 Otras compensaciones por funciones especiales TI.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 48.
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