REGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS. UNIDAD DE GESTION DEL PROYECTO DE MODERNIZACION. DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS




Promulgación: 26/11/2007
Publicación: 04/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1249

Artículo 4

 El personal mantendrá las compensaciones referidas precedentemente,
siempre que:

a) las evaluaciones de desempeño que realice el Jerarca y el Coordinador
del Proyecto indiquen que tanto las actividades asignadas a partir de su
puesto de trabajo en la Dirección Nacional de Aduanas como aquellas
asignadas de acuerdo con el literal b) del artículo 3º) del presente
Decreto, se vienen cumpliendo adecuadamente, en tiempo y forma, salvo por
razones no imputables al trabajador.
b) que no se produzca durante el período de integración al equipo del
Proyecto el cumplimiento de ninguna sanción administrativa.
En el caso de que por razones especiales no pueda realizar las actividades
del Proyecto por un período determinado, cesarán temporal o
definitivamente las compensaciones establecidas en el artículo 1º.
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