APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE ENERGIA Y AGUA. EJERCICIO 2023




Promulgación: 30/12/2022
Publicación: 07/02/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 42

   Ninguna persona física que preste servicios personales en la Administración, cualquiera sea la naturaleza del vínculo y su financiación podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes por todo concepto, por el desempeño conjunto de sus actividades, superiores al 60% de la retribución total sujeta a montepío del Presidente de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 17.556 y en el Decreto N° 68/003 del 19 de febrero de 2003.
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