A partir del 1º de enero de 2004, se tendrá en cuenta el régimen de
ascenso según lo solicitado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente.
Una vez vencido el plazo para acogerse al régimen de retiro incentivado
del personal con causal jubilatoria generada o a generarse al 30 de
setiembre de 2004, la Administración presentará en un plazo no mayor de
90 días un listado del personal discriminado por cargo, categoría y
escalafón vigente a esa fecha.