INCREMENTO DE LAS ASIGNACIONES DE JUBILACIONES Y PENSIONES. SETIEMBRE 1993




Promulgación: 22/10/1993
Publicación: 05/11/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 392
 Visto: Lo dispuesto por el artículo 67 de la Constitución de la República
en el texto dado por la Reforma plebiscitada el 26 de noviembre de 1989,
Decretos 265/990, de 12 de junio de 1990 y 449/990, de 27 de setiembre de
1990:

 Resultando: I) que a partir del 1º de setiembre de 1993 se incrementan
las remuneraciones de los funcionarios de la Administración Central;

II) que según informa el Instituto Nacional de Estadística la variación
estimada del Indice Medio de Salarios para el cuatrimestre mayo - agosto
de 1993 es de 11,08% (once con cero ocho por ciento), índice que debe
considerarse provisorio, y sujeto a las modificaciones que introduzca el
cálculo  definitivo del índice del citado mes de agosto.

 Considerando: Que como consecuencia corresponde proceder al ajuste de las
asignaciones de jubilación y pensión, fijándose el índice provisorio en el
referido guarismo.

 Atento: a lo precedentemente expuesto,

                      El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

 Increméntanse en un 11,08 % (once con cero ocho por ciento) las
asignaciones de jubilación y pensión servidas por el Banco de Previsión
Social a partir del 1º de setiembre de 1993.

Artículo 2

 Comuníquese, etc.

LACALLE HERRERA - RICARDO REILLY - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
Ayuda