APROBACION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES PARA EL BANCO DE PREVISION SOCIAL




Promulgación: 03/12/1997
Publicación: 15/12/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1609

Artículo 48

   El Banco elevará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al 30 de
setiembre de 1997, la eliminación de vacantes generadas entre la fecha de
elevación de la presente iniciativa presupuestal y el 31 de julio de 1997,
debiéndose considerar sus importes a los efectos de ajustar los rubros de
la mano de obra correspondientes. Dicho ajuste se efectuará atendiendo las
instrucciones que imparta la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en la
medida que no afecte la capacidad operativa del Banco. De resultar
necesario el mantenimiento de determinadas vacantes por tratarse de cargos
absolutamente imprescindibles, se suprimirán las partidas equivalentes.
Ayuda