Los distribuidores deberán comunicar quincenalmente al Ministerio de
Agricultura y Pesca las ventas realizadas y enviar una relación de dichas
ventas con los siguientes datos:
a) Nombre del productor adquirente.
b) Ubicación.
c) Número de carné de productor.
d) Kilos de semilla vendidos discriminados por variedades.
e) Superficie a sembrar.
f) Forma de venta.