COMERCIALIZACION DE SEMILLA DE TRIGO HIJA DE CERTIFICADA




Promulgación: 05/06/1975
Publicación: 20/06/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 1306
Referencias a toda la norma

DE LOS DISTRIBUIDORES

Artículo 12

Los distribuidores, entidades semilleristas y subcontratistas deberán
presentar la relación final de las ventas realizadas ante el Grupo
Técnico de Trabajo del Plan Nacional de Silos antes del 30 de setiembre
de 1975.
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