Decreto N° 463/986
CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 9 INDUSTRIA DE LA CARNE. SUBGRUPO CARGA Y DESCARGA DE CARNE EN CAMARAS Y EN PUERTO
Promulgación: 31/07/1986
Publicación: 22/08/1986
- Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Importe salarial sustitutivo de carne: establécese en N$ 3.481,00 por mes sobre la base proporcional de 125 horas trabajadas en el mes.
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