El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: los Decretos Nos. 135/018, de 7 de mayo de 2018, 170/018, de 4 de junio de 2018, y 264/018, de 27 de agosto de 2018;
RESULTANDO: I) que los Decretos mencionados promovieron programas de beneficios comerciales de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas para empresas y establecimientos industriales;
II) que por el Decreto N° 25/021, de 19 de enero de 2021, los programas de beneficios fueron prorrogados hasta el 31 de marzo de 2021, y por Decreto N° 255/021, de 6 de agosto de 2021, hasta el 30 de junio de 2021;
CONSIDERANDO: que como medida de apoyo a la actividad industrial del país, se entiende conveniente extender la prórroga de los programas de beneficios hasta el 31 de diciembre de 2021;
ATENTO: a lo expuesto, lo dispuesto por los Decretos Nros. 135/018, de 7 de mayo de 2018, 170/018, de 4 de junio de 2018, 264/018, de 27 de agosto de 2018 y 25/021, de 19 de enero de 2021;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas a prorrogar, desde el 1° de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, los programas de beneficios promovidos por:
* Decreto N° 135/018, de 7 de mayo de 2018.
* Decreto N° 170/018, de 4 de junio de 2018.
* Decreto N° 264/018, de 27 de agosto de 2018.
LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI - AZUCENA ARBELECHE