PRORROGA REGULACION DE IMPORTACIONES DE BIENES ORIGINARIOS




Promulgación: 12/12/2002
Publicación: 18/12/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1633
VISTO: el Decreto Nº 113/002, de 1º de abril de 2002, que estableció 
requisitos especiales de financiación para las importaciones de ciertos 
bienes originarios o procedentes de la República Argentina y el Decreto 
Nº 446/002, de 15 de noviembre de 2002, que prorrogó hasta el 30 de 
noviembre la vigencia del Decreto antes mencionado.-

RESULTANDO: que se continúa evaluando la medida.-

CONSIDERANDO: conveniente, en consecuencia, prorrogar su vigencia por un 
período adicional.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por los artículos 2º de la Ley 
Nº 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 5º del Decreto-ley Nº 14.988, de 
7 de enero de 1980.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                DECRETA:                                  

Artículo 1

 Prorrógase hasta el 12 de diciembre de 2002 la vigencia de los 
requisitos de financiación de importaciones establecidos por el Decreto 
Nº 113/002, de 1º de abril de 2002, y sus modificativos, prorrogado por 
el Decreto Nº 446/002, de 15 de noviembre de 2002.

BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY


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