FIJACION DE PRESTACIONES PECUNIARIAS POR SERVICIOS REALIZADOS POR LA COMISION ADMINISTRADORA DE ABASTO




Promulgación: 29/08/1979
Publicación: 13/09/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Dichos fondos serán depositados, semanalmente, por las Plantas de Faena
en la Cuenta Oficial número 33.928/130, del Banco de la República Oriental
del Uruguay denominada "Comisión Administradora de Abasto".   
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