VISTO: que por Decreto No. 39/001, de 7 de febrero de 2001, se aprobó la
estructura de contratos de función pública de la Unidad Ejecutora 004
"Oficina de Planeamiento y Presupuesto", Programa 002 "Planificación del
Desarrollo y Asesoramiento Presupuestal para el Sector Público", del
Inciso 02 "Presidencia de la República";
RESULTANDO: que en el mismo se omitió incluir en la estructura de
contratos de función pública, la totalidad de las funciones de alta
especialización creadas por Decretos del Poder Ejecutivo No. 202/998, de
29 de julio de 1998 y No. 53/000, de 10 de febrero de 2000, que cuentan
con financiamiento en los respectivos Objetos del Gasto de las economías
establecidas en los mismos;
CONSIDERANDO: que corresponde salvar dicha omisión estableciendo la
nómina de funciones de Alta Especialización ya aprobadas en la citada
Unidad Ejecutora;
ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Contaduría General de la
Nación;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modificase el artículo 1º del Decreto No. 39/001, de 7 de febrero de
2001, de la Unidad Ejecutora 004 "Oficina de Planeamiento y
Presupuesto", del Inciso 02 "Presidencia de la República", a los efectos
de establecer que:
Donde dice:
2 Director de División (Alta Especialización)
Debe decir:
3 Director de División (Alta Especialización)
3 Asesor (Alta Especialización)
1 Analista (Alta Especialización)
4 Especialista (Alta Especialización)