REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESION DE TECNICO OPTICO. OPTICO CONTACTOLOGO




Promulgación: 01/02/1995
Publicación: 10/02/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Deróganse los artículos 22º, 23º, 24º 25º, 26º, 27º, 28º, 32º, 33º, 34º
y 35º del Decreto Nº 474/968 de 30 de julio de 1968, con excepción de lo
establecido en el artículo anterior.

 
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