MODIFICACION DE ARANCELES POR SERVICIOS Y PRESTACIONES ASISTENCIALES




Promulgación: 20/12/1983
Publicación: 03/01/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 1255

Artículo 2

   El Ministerio de Salud Pública por intermedio de la División
Identificación de Usuarios y Recaudación, procederá semestralmente a
confeccionar los listados con la conversión de valores de Unidades
Reajustables, establecidas en las presentes tarifas, a nuevos pesos,
aplicando el redondeo de las cifras con eliminación de centésimos en
base a las variaciones que dicha unidad de valor registre en los meses
de junio y diciembre de cada año.
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