Visto: el sistema de valor monetario reajustable establecido por la ley
13.728, de 17 de diciembre de 1968.
Considerando: que los informes elaborados por la Dirección General de
Estadística y Censos, de acuerdo a lo dispuesto en el decreto 26/969, de
14 de enero de 1969, determina que la variación del índice medio de
salarios en los meses anteriores al 1º de agosto de 1978 alcanza a un
39,02%.
Atento: a lo dispuesto en los artículos 38º y 39º de la ley 13.728, de
17 de diciembre de 1968 y decreto 26/969 de 14 de enero de 1969,
El Presidente de la República
DECRETA: