MODIFICACION DEL DEL DECRETO 712/980, RELATIVO A LOS APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL




Promulgación: 10/02/1982
Publicación: 05/03/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 473
  Visto: el decreto 712/980, de 31 de diciembre de 1980 que regula el
régimen de aportes de seguridad social del personal embarcado en buques de
la Marina Mercante Nacional y los tripulantes de buques pesqueros.

   Considerando: I) Que el Poder Ejecutivo ha establecido la necesidad de
llegar a una equiparación en materia de retribuciones, entre prácticos y
capitanes de la Marina Mercante, lo que supone un reconocimiento a que los
prácticos integran un sector de la misma, por la naturaleza similar de la
función que desarrollan;

II) Que de lo expuesto surge que para actividades de la misma índole, con
similar régimen de aportaciones en materia de seguridad social desde
largos años atrás, se ha establecido en la actualidad un sistema
discriminatorio que no se justifica, estimándose legítima la inclusión de
los Prácticos Nacionales en el régimen determinado por el decreto 712/980.

   Atento: a los informes favorables de la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión y de la División Jurídica del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social,

                     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 712/980 de 31/12/1980 
artículo 1.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

ALVAREZ - CARLOS A. MAESO - VALENTIN ARISMENDI - JUSTO M. ALONSO
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