Autorízase al Frigorífico Nacional para adquirir y faenar haciendas
bovinas destinadas a atender las necesidades de los servicios esenciales,
institutos asistenciales de Salud Pública, sanatorios particulares, mutualistas, reparticiones militares, etc. de los departamentos de Montevideo y Canelones. Asimismo autorízase al Frigorífico Fray Bentos la
faena con destino al Batallón de Infantería Nº 9. Para los restantes departamentos las Intendencias Municipales faenarán en los mataderos municipales o establecimientos a elección de la municipalidad.