VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay
correspondiente al ejercicio 2009;
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de
Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco
de la República Oriental del Uruguay para el ejercicio 2009, de acuerdo
con el siguiente detalle (en Pesos Uruguayos):
CONCEPTO MONTO EN PESOS
INGRESOS $ 11.002.377.000
EGRESOS $ 9.008.036.680
Egresos Operativos $ 6.790.739.470
Operaciones Financieras $ 1.221.887.210
Inversiones $ 995.410.000
SUPERAVIT / DEFICIT $ 1.994.340.320
Financiamiento 0
SUPERAVIT $ 1.994.340.320