TIPIFICACIONES QUE REGIRAN LAS ELABORACIONES DE VINOS COMUNES. COSECHA 1982




Promulgación: 30/12/1982
Publicación: 27/01/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 1209

Artículo 5

   La disidencia con las determinaciones del análisis sobre las
características sensoriales de los vinos de la cosecha del año 1982, que
se plantee dentro de los 10 días a partir de la fecha de su notificación,
será sometida a consideración de la Comisión Enotécnica Asesora, la cual
aconsejará a la Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura
y Pesca sobre la resolución que ésta pueda adoptar al respecto.
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