DEROGACION DEL TRIBUTO DE SELLOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTS. 9º Y 14º DEL TITULO XVI DEL TEXTO ORDENADO




Promulgación: 24/06/1975
Publicación: 01/07/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 1446
Referencias a toda la norma

Artículo 2

A partir de la fecha establecida en el artículo anterior, fíjase en 20%
(veinte por ciento) la tasa básica y en 7% (siete por ciento) la tasa
mínima del Impuesto al Valor Agregado.
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