Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de
setiembre de 1992 en N$ 31.637,88 (nuevos pesos treinta y un mil
seiscientos treinta y siete con 88/100).