BUQUES DE PESCA DE BANDERA EXTRANJERA. MODIFICACION DE TASAS




Promulgación: 20/07/1972
Publicación: 27/07/1972

Resumen:

Elévase las tasas que deben abonar los buques de pesca de bandera
exranjera por concepto de Matrícula y Permiso de Pesca, para operar en las
zonas habilitadas del Mar Territorial Uruguayo. Establécense prórrogas automáticas.

Artículo 2

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 452/973 de 
21/06/1973 artículo 1.


		
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