Las trasposiciones entre rubros de un mismo programa así como las
trasposiciones entre rubros de distintos programas serán aprobadas por el
Directorio del Banco y comunicadas a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y al Tribunal de Cuentas. Las trasposiciones
interprogramáticas regirán hasta el 31 de diciembre y tendrán las
siguientes limitaciones:
a) Sólo podrán servir como reforzantes, partidas que tengan asignación
de carácter anual y no sean estimativas.
b) Los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobres Servicios Personales" y el subrubro 7.5 "Transferencias a Unidades
Familiares" del rubro 7 "Subsidios y otras Transferencias", no podrán
reforzarse con otros rubros ni servir como rubros reforzantes.
c) Los renglones del rubro 0 podrán reforzarse entre sí ajustándose a
las condiciones siguientes: 1.- Que sólo se trasponga hasta el monto del
crédito disponible y no comprometido. 2.- Los renglones de los subrubros
01, 02 y 03 no podrán reforzarse entre sí ni ser reforzados por renglones
de otros rubros, ni servir como reforzantes.
d) Los rubros 7 "Subsidios y Otras Transferencias" y 8 "Desembolsos
Financieros" no podrán servir como reforzantes.
e) El rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá se reforzado.
Las trasposiciones entre distintos programas tendrán vigencia hasta el
31 de diciembre del ejercicio en el cual se autorizan y tendrán las
siguientes limitaciones: a) Sólo podrán servir como reforzantes partidas
que tengan asignación de carácter anual y no sean estimativas. b) Las
trasposiciones dentro del rubro 0 "Retribución de Servicios Personales"
sólo podrán efectuarse entre renglones de igual denominación
condicionadas a:
1.- Que sólo se trasponga hasta el monto del crédito disponible y no
comprometido. 2.- No podrán trasponerse renglones de los subrubros 01, 02
y 03.- c) No se podrán hacer transferencias de rubros entre programas de
distinta naturaleza.