CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 41 ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y CULTURALES. SUBGRUPO ASOCIACIONES CULTURALES PARA LA ENSEÑANZA DE IDIOMAS




Promulgación: 12/08/1986
Publicación: 12/09/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Increméntanse con carácter nacional en un 22 % los salarios fictos 
para el cálculo antigüedad de todos los trabajadores comprendidos en este Subgrupo (Asociaciones Culturales para la Enseñanza de Idiomas) del Grupo 41, desde el 1° de junio de 1986.
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