Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: las presentes actuaciones relativas a la Memoria y Balance General del Ejercicio 1979, correspondiente a la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones.
Resultando: que el artículo 11 de la ley 10.062, de 15 de octubre de 1941, determina en su literal D) como cometido del Directorio del precitado Organismo, el remitir al Poder Ejecutivo -para su aprobación- previo pronunciamiento del Tribunal de Cuentas de la República, la Memoria, estados, balances y demás datos complementarios.
Considerando: que el Tribunal de Cuentas de la República por resolución
de fecha 31 de julio de 1980, acuerda no formular observaciones al
Balance de Resultado y Estados de Situación cerrados al 31 de diciembre de
1979,
correspondiente a la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones, señalando
que dicho Organismo tomó en cuenta las puntualizaciones hechas por el
Tribunal, en oportunidad de producir su dictamen sobre el Balance General del año 1978.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República,
DECRETA: