REGLAMENTACION DE LA LEY 15.433 RELATIVA A LA REGULACION DE MEDICAMENTOS




Promulgación: 22/11/1984
Publicación: 21/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1177
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.443 de 05/08/1983.
Referencias a toda la norma

TITULO III - ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES E IMPORTADORES Y DROGUERIAS
CAPITULO IV - DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS

Artículo 103

   La empresa debe proveer a su personal de las facilidades higiénicas
mínimas:

 a) Indumentaria adecuada para cada tipo de operación
 b) Equipos especiales (máscaras respiratorias, lentes, guantes, etc.)
    cuando su tarea lo requiera.
 c) Agua caliente y fría, jabón y detergente, secadores a aire o
    toallas individuales. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 114.
Referencias al artículo
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