TITULO I - DEFINICIONES CAPITULO III - DE LA EVALUACION, REGISTRO Y CALIDAD
Artículo 55
Relación de ventajas-riesgos: Resultan del empleo de un medicamento y
constituyen medio apto para obtener opinión sobre el rol del medicamento
en la práctica médica. La relación debe establecerse en función de la
evaluación y permitirá determinar progresos terapéuticos respecto de
medicamentos nuevos correspondientes a una misma indicación.