CONSEJO NACIONAL DE SUBSISTENCIAS Y CONTRALOR DE PRECIOS. INFRACCIONES AL ESTATUTO




Promulgación: 25/11/1965
Publicación: 16/12/1965

Resumen:

Dispóngase que en los comercios en que se constate infracción a las disposicones de la Ley Nº 10.940 de fecha 19 de setiembre de 1947
(Estatuto del Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios),
se colocarán carteles con la inscripción "Establecimiento Infractor a la
Ley de Subsistencias".

Artículo 1



		
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